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Convenio con el Instituto Municipal de Hacienda del Ajuntament de Barcelona

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El Col·legi d'Economistes de Catalunya ha firmado un acuerdo con el Instituto Municipal de Hacienda del Ajuntament de Barcelona, en virtud del cual permitirá, que los colegiados o sociedades registradas que se adhieran, facilitarles la gestión de las tasas y tributos municipales, evitando los desplazamientos innecesarios de los mismos a las oficinas y reduciendo los costes de gestión. Por otra parte el Instituto Municipal de Hacienda del Ajuntament de Barcelona establecerá canales especiales de atención al colegiado adherido.

  • Descargar convenio
  • Descargar modelo de tramitación
  • Guía de Gestiones on-line para profesionales

    Los trámites que se pueden realizar telemáticament son:

    • Estimaciones del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
    • Autoliquidaciones del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
    • Cambios de titularidad del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
    • Pagos de tributos, multas y precios públicos.
    • Domiciliación de futuros pagos.
    • Cambio de domicilio fiscal o de direcció de notificaciones.
    • Duplicados de recibos del padrón.
    • Notificación de la deuda pendiente en ejecutiva.
    • Certificados negativos de deuda.
    • Certificados negativos sobre titularidad de bienes y derechos en las bases de datos tributarias.
    • Certificados de pago.
    • Rectificación de errores.
    • Solicitud de citas en el Instituto Municipal de Hacienda de Barcelona.
    • Fraccionamientos/aplazamientos.
    • Solicitud de impresos de autoliquidación-alta del Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
    • Información sobre el contenido de los documentos emitidos por el Instituto Municipal de Hacienda de Barcelona.
    • Otros que en el futuro se incorporen previa comunicación del Instituto Municipal de Hacienda de Barcelona al Col·legi d'Economistes de Catalunya.

    Los colegiados, o las sociedades registradas, que deseen adherirse en este convenio tendrán que cumplir los requisitos siguientes:

    • Ostentar la representación suficiente de los contribuyentes cuando actúen en nombre de ellos en los términos establecidos en el artículo 43 de la Ley General Tributaria y en el artículo 32 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

      La Hacienda Municipal podrá instar a los mismos, en cualquier momento, la acreditación de su representación.

    • Cumplir los requisitos que por el tratamiento automatizado de datos de carácter personal exigen en la normativa vigente y, en particular, a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal.
      En cualquier caso, el acceso a la información estará sujeta a lo dispuesto en los artículos 113 de la Ley General Tributaria y 18 de la Ley de Derechos y Garantías de los Contribuyentes. Complimentar y firmar el documento individualizado de adhesión al Acuerdo,

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