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Convenio con el Departament d'Economia i Finances de la Generalitat de Catalunya, para la presentación y pago de declaraciones y autoliquidaciones por vía telemática en nombre de terceras personas

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Con la firma de este convenio se autoriza al Col·legi d'Economistes de Catalunya, a los profesionales colegiados y a las sociedades profesionales inscritas en el Registro de Sociedades Profesionales del Col·legi d'Economistes de Catalunya, que de manera habitual presten servicios de asesoría y gestión en materia tributaria, a presentar i pagar, por vía telemática, en representación de terceras personas, las declaraciones y autoliquidaciones en los supuestos y en las condiciones establecidas en la normativa correspondiente.

Los puntos principales del convenio, que podéis consultar íntegramente clicando aquí son:

  • El objetivo de establecer un marco general de colaboración que articule las relaciones entre el Departament d'Economia i Finances y los profesionales colegiados y las sociedades profesionales inscritas en el Registro de Sociedades Profesionales del Col·legi d'Economistes de Catalunya, como profesionales que, de manera habitual, prestan servicios de gestión y asesoría en materia tributaria de competencia de la Generalitat de Catalunya por cuenta de los contribuyentes, con la finalidad última de facilitar a los ciudadanos los cuales representan el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, mediante la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación.
    Se les autoriza a presentar y pagar por vía telemática, en representación de terceras personas, las declaraciones y autoliquidaciones que consten en el anexo I del convenio, en los supuestos y en las condiciones establecidas en la normativa correspondiente.
  • Los profesionales colegiados y las sociedades registradas tendrán que presentar previamente el documento individualizado de adhesión (anexo II) a este convenio con los requisitos siguientes:
    1. Disponer de un certificado digital emitido por la Agencia Catalana de Certificación (CATCERT) o por alguna de las entidades de certificación aceptadas. Este certificado podrá ser del tipo software o tarjeta, y tiene que permitir la autentificación del colegiado y la firma de los documentos presentados.
    2. El equipo informático del presentador tendrá que cumplir los requerimientos que a estos efectos la Dirección General de Tributos tendrá disponibles en portal tributario www.e-tributs.net.
    3. Generar los ficheros que contengan las autoliquidaciones a presentar mediante programas de ayuda aprobados por la Generalitat de Catalunya, o mediante aplicaciones propias que, con la previa autorización de la Dirección General de Tributos, generen ficheros con el mismo formato y las mismas validaciones. En este sentido, el Departament d'Economia i Finances facilitará las especificaciones técnicas precisas al Col·legi d'Economistes de Catalunya para que las comunique a sus colegiados.
    4. Ostentar la representación de los contribuyentes en nombre de los cuáles actúan, en los términos del artículo 46 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, y 32 de la Ley 30/1992, 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (Anexo III del Convenio).
      El Departament d'Economia i Finances podrá instar, en cualquier momento, la acreditación de esta representación. Así, se admitirá como documento acreditativo de la representación el documento que se adjunta en el anexo III de este convenio.
    5. Cumplir los requisitos que para el tratamiento automatizado de datos de carácter personal se exigen en la normativa vigente, y, en particular, en la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
    6. Someter al resto de condiciones y al procedimiento establecido para la normativa correspondiente.
  • Por lo que se refiere a la atención a los usuarios que se quieran informar o resolver dudas sobre este procedimiento de presentación y pago, el Departament proporciona información mediante el portal tributario www.e-tributs.net, o también se puede obtener información en el teléfono 012 y en las áreas de información de las delegaciones de la Dirección General de Tributos.
    Las consultas sobre cuestiones técnicas y tecnológicas más complejas, y las comunicaciones de incidencias en el procedimiento que no afecten al pago, se tendrán que tramitar de forma centralizada desde el Col·legi d'Economistes de Catalunya contactando con el servicio informático de la Dirección General de Tributos.

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